Cartas

Ley del plástico de un sólo uso

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Señora Directora:

La Ley de plásticos de un sólo uso tendrá como incentivo eliminar y/o cambiar plásticos con bajo mercado de valorización, para efecto de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje (Ley REP), por sustitutos como los envases de plásticos certificados que puedan biodegradarse o compostar de acuerdo a lo establecido en un reglamento que aún debe ser construido.

Concretamente, un bioplástico compostable recogido junto a los reciclables por el Sistema de Gestión que establece la Ley REP transitará por todo el flujo, generando costos y finalmente siendo destinado a eliminación y no reincorporado al proceso como materia prima. Será muy relevante transmitir correctamente a la ciudadanía que los residuos calificados como plásticos certificados deben ser abordados en cada casa a través de composteras domiciliarias, o bien, de un flujo de recolección industrial del cual aún no hay claridad de cómo será financiado.

Estos últimos serán responsabilidad directa de los municipios y no tendrán un financiamiento por la Ley REP. Resulta primordial alinear los objetivos a largo plazo de las políticas propuestas, de modo que no surjan distorsiones desfavorables y terminen generando un impacto aún mayor.

Nathalia Silva

Gerenta técnico proyecto ReSimple

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